El Gobierno extiende el escudo social a las víctimas de trata para garantizar que ninguna mujer quede desprotegida durante el Estado de Alarma

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22/04/2020


El Ministerio del Interior y el Ministerio de Igualdad han acordado extender las medidas aprobadas inicialmente para víctimas de violencia machista a mujeres víctimas de explotación sexual y a mujeres en contextos de prostitución

El hecho de que muchas de estas mujeres carezcan de redes de apoyo familiares y que se haya limitado el acceso a los dispositivos habituales de asesoramiento puede incrementar su dependencia de la redes que las explotan

El delegado del Gobierno, Javier Losada, celebra estas medidas adicionales hacia una población doblemente afectada por las restricciones del Estado de Alarma


La Delegación del Gobierno en Galicia informa sobre las nuevas medidas aprobadas esta semana dentro del Plan de Contingencia contra la Violencia de Género puesto en marcha con la declaración del Estado de Alarma. El acuerdo alcanzado entre los Ministerios de Igualdad y de Interior supone una ampliación del escudo social de este plan al incluir desde ahora a las víctimas de trata, explotación sexual y a mujeres en contextos de prostitución con el objetivo que ninguna mujer quede desprotegida durante el Estado de Alarma sea cual sea su situación.

El delegado del Gobierno, Javier Losada, ha celebrado estas medidas adicionales como medidas de “justicia social” con esta población vulnerable doblemente afectada por las restricciones del Estado de Alarma.

Se ha constatado que, desde la declaración del Estado de Alarma y las medidas de restricción de la movilidad, las entidades y ONG especializadas en la detección, atención e intervención psicosocial han tenido que paralizar, en la mayoría de los casos, su intervención asistencial y ambulatoria de carácter presencial, por lo que estas mujeres están expuestas a una mayor vulnerabilidad y desprotección de derechos. 

A ello se suma la circunstancia de que la mayor parte no cuenta con redes de apoyo familiares y no están familiarizadas con sus derechos y los recursos de su entorno. Esta situación se agrava en el supuesto de mujeres extranjeras, algunas en situación administrativa irregular, que desconocen el idioma.

Por otro lado, la declaración del estado de alarma ha limitado el acceso de esta población a  los dispositivos habituales de información y atención, lo que agrava su marginalidad y aislamiento y, en algunos casos, una mayor dependencia de las redes que las explotan. Asimismo, se están empezando a detectar casos de falta de alimentos y necesidades de una solución habitacional.

Plan de Acción Urgente

Este Plan de Acción Urgente tiene como objetivo  garantizar los derechos de las víctimas de explotación sexual y de trata, así como la prestación de los servicios y recursos para la atención a sus necesidades específicas en la situación actual de crisis sanitaria. Para ello se adoptan una batería de medidas agrupadas en tres bloques de acción:

1.         Con el fin de GARANTIZAR EL DERECHO A LA INFORMACIÓN Y PETICIÓN DE AYUDA se procederá a la difusión de los teléfonos 24 horas de las entidades especializadas, con posibilidad de contactar por WhatsApp; el teléfono gratuito de la Policía Nacional específica de trata: 900 105 090, para los supuestos en las que las víctimas quieren denunciar y de los correos electrónicos específicos de Guardia Civil y Policía Nacional: trata@policia.es y  trata@guardiacivil.es

2.         Con el objetivo de GARANTIZAR LA DETECCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LAS VÍCTIMAS de trata y explotación sexual y de casos de extrema vulnerabilidad en contextos de prostitución, se establece:

a)        Cuando se realicen funciones de inspección del cierre de hostales, hoteles y clubs, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado reforzarán los cauces de coordinación con las entidades y organizaciones especializadas, con el objetivo de asegurar la asistencia y protección de las víctimas. Para ello se fortalecerá la coordinación entre las unidades especializadas en trata y las ONG que trabajan en contextos de prostitución.

b)        Se refuerza el cauce de información a los servicios especializados cuando se detecten casos en los Servicios de Emigración y Asilo.

3.         Con el objetivo de GARANTIZAR LA ASISTENCIA INTEGRAL Y LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS, y en aras de garantizar la unidad de actuación en todas las Comunidades Autónomas, se procede a:

a)        Los servicios ambulatorios de asistencia integral, se declaran SERVICIOS ESENCIALES, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 12/2020 de 31 de marzo.

b)        Garantizar el alojamiento temporal seguro a las víctimas, incluso en aquellos supuestos en los que, sin encontrarse en una situación de riesgo, hubiesen quedado en una situación de necesidad habitacional; para ello, si fuere necesario podrá disponerse el uso de establecimientos de alojamiento turístico.

c)         Se facilita el Ingreso Mínimo Vital a las víctimas de explotación sexual, trata o en situación de extrema vulnerabilidad de mujeres prostituidas; incluidas las mujeres en situación administrativa irregular.

d)        Las ONG especializadas colaborarán en la acreditación para la solicitud del Ingreso mínimo vital, así como en el seguimiento de las mujeres a las que se les conceda la ayuda.

e)        Las administraciones públicas y entidades que trabajan con víctimas de trata y explotación sexual podrán ser también beneficiarias de los recursos habitacionales como parte de su trabajo de atención integral.

f)         Para el cumplimiento y ejecución de todas estas medidas, los/las profesionales podrán trasladar a las mujeres víctimas cumpliendo los requisitos de no más de 2 personas por vehículo, garantizándose a los profesionales la dotación de los equipos de protección individual necesarios para la realización de esta labor.