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Compensación de cargas administrativas. One in - one out
Aplicación del principio de compensación de cargas administrativas en España.
Un marco regulatorio eficiente y una reducción ambiciosa en cargas administrativas innecesarias en un país son importantes para fortalecer la competitividad y la capacidad innovadora de la economía, y para aumentar la valoración positiva de ciudadanos y empresas hacia las administraciones. La adopción de algunas normas para la limitación de las cargas administrativas pretende establecer una disciplina a los reguladores que oriente a elegir por opciones más eficientes y eficaces. Los enfoques de limitación de cargas que se están implantando en los distintos estados de nuestro entorno (UE y OCDE principalmente) se basan en la regla “one in – x out”, que consiste en la compensación de las cargas derivados de nuevas regulaciones mediante la reducción de las ya existentes. El Reino Unido fue el primer país de la OCDE en formalizar este planteamiento de compensación como una política oficial del gobierno en 2011 con la introducción del one in – one out. Posteriormente, otros países como Canadá, España, Alemania, Francia, Australia o Corea han seguido aplicando estas medidas.
Los distintos países utilizan varios enfoques de compensación, tales como eliminación de normas existentes, reducción de cargas, proporción de entrada/eliminación, restricción o no de materias/circunstancias que no son objeto de compensación, etc.
En el caso concreto de España, el principio de compensación de cargas se aplica mediante la regla one in - one out, de acuerdo con la ley 14/2013 de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización. Dicho artículo prevé que “Las Administraciones Públicas que en el ejercicio de sus respectivas competencias creen nuevas cargas administrativas para las empresas, eliminarán al menos una carga existente de coste equivalente”.
La regla one in- one out establece que cada incremento en cargas ha de ir acompañado de la eliminación de otra existente. El objetivo es que no se produzca ningún incremento neto.
La compensación de cargas administrativas generadas como consecuencia de las normas publicadas por los Ministerios puede equilibrarse con la reducción que suponen tanto otras normas publicadas que disminuyen cargas como medidas incluidas en el Plan de Simplificación que elabora cada Ministerio anualmente.
Medidas para reforzar el seguimiento en la aplicación del principio de compensación de cargas en el ámbito de la Administración General del Estado
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de enero de 2015 se adoptaron medidas para reforzar el seguimiento en la aplicación del principio de compensación de cargas en el ámbito de la Administración General del Estado. Estas medidas se concretan en las siguientes cuestiones:
- El objetivo es procurar que la compensación de cargas se produzca preferiblemente en el respectivo ámbito ministerial y en el plazo de un año a contar desde el 31 de diciembre de cada ejercicio.
- El seguimiento se efectúa por la Dirección General de Gobernanza Pública de la Secretaría de Estado de Función Pública.
- Con carácter anual la Dirección General de Gobernanza Pública emitirá un informe sobre reducción o incremento de cargas administrativas a nivel de Departamento Ministerial y su compensación o las propuestas de compensación, detallando la normativa a revisar y el descenso de cargas administrativas correspondiente.
- Los Departamentos con incremento de cargas administrativas a 31 de diciembre de cada año, podrán hacer una propuesta de simplificación con el fin de compensar este incremento de cargas a lo largo del año siguiente.
- En caso de problemática especial, la no compensación en dicho plazo, habrá de ser justificado objetivamente en una Memoria.
- No será imprescindible que la compensación se produzca en el plazo de un año cuando se trate de normas que se deriven de la legislación europea, acuerdos internacionales, normativa para regulación de emergencias civiles, medidas para evitar el riesgo financiero, contener la inflación, regular impuestos y tasas, multas y penalizaciones, cotizaciones a la seguridad social o cuando las normas tengan vigencia temporal, especialmente aquellas de vigencia anual.
Documento "One-In, X-Out: Regulatory offsetting in selected OECD countries"